EXCMA. SRA. DEFENSORA DEL PUEBLO de
CASTILLA - LA MANCHA
SR. ADJUNTO 1º
Casa Perona c/ Feria, 7/9
(02005 Albacete)
Caraquiz, 21.11.06
Estimados Sr,s:
Les dirijo la presente en mi calidad de Presidente en funciones
de esta Entidad y con el respaldo unánime del Consejo Rector de la misma, en
petición de amparo, así como para que si lo consideran oportuno dé
traslado de lo que aquí se dice al órgano judicial o administrativo que sea
oportuno, teniendo en cuenta que parte de lo aquí comunicado ya es conocido
de ustedes.
·
La E.C.C Urbanización Caraquiz 3ª Fase se
encuentra ubicada en el término municipal de Uceda (Guadalajara).
·
La calle denominada Valdesalud es atravesada
por el cauce de un arroyo, normalmente seco excepto en épocas de lluvia
intensa.
·
En la primavera del 2005 se comenzaron en tal
zona unas obras de canalización de dicho cauce por parte de la promotora
SOLOQUIZ,SA.
·
Ante la evidencia de la poca idoneidad de
dichas obras, esta Entidad ha intentado durante todo este largo periodo de
tiempo, que el Ayuntamiento de Uceda le facilitara la documentación técnica
que obrara en su poder, así como que las obras se realizaran de manera que las
mismas reunieran las condiciones técnicas que permitieran no tener que
preocuparse por el citado cauce.
·
Por parte de dicho Consistorio sólo se han
obtenido silencios o respuestas dilatorias.
·
Lo anterior obligó a esta Entidad a contratar
un técnico cualificado que determinó que la obra carecía, al menos, de las
correspondiente autorización de la Confederación Hidrográfica del Tajo, la
cual paralizó las obras.
·
En la última Asamblea General de la Entidad,
realizada en Mayo del 2006, se dio el caso de que la Concejala de Urbanismo del
Ayuntamiento de Uceda, Dña. Estrella Fernández Olmos, avaló públicamente la
legalidad e idoneidad de la obra, lo cual fue contradicho por otro miembro del
mismo Consistorio, Dn. Miguel Ángel Abril, que manifestó con contundencia que
tal obra no había pasado por la Comisión de Obras del Ayuntamiento y carecía
de proyecto u licencias oportunas. Los intentos realizados por esta Entidad para
que el Sr. Alcalde aclarara el asunto han resultado también infructuosos.
·
El 20.06.06 se llevó a cabo una reunión
--forzada por esa oficina del Defensor del Pueblo--
entre representantes del Ayuntamiento y de este Consejo Rector en la que
el Consistorio, nuevamente avaló la legalidad de la obra, si bien no entregó
documento alguno de ningún tipo, no accediendo tampoco a que se llevara a cabo
una reunión entre técnicos de las tres partes implicadas, a saber, el
Ayuntamiento, la Fase y Soloquiz,sa.
·
Por último, este mes, como contestación a un
escrito de ultimatun de este Consejo, el Ayuntamiento contesta y en su
contestación manifiesta de forma clara y fehaciente que la obra carece de
proyecto y, por ende, de autorizaciones y licencias.
Así pues, llegados a esta conclusión, la cual por otro lado no nos ha
sorprendido pues todo apuntaba a ello, es por lo que acudimos a ustedes en
solicitud de amparo dada la gravedad, a nuestro juicio, de todo lo ocurrido,
reiterando nuestra solicitud de que, de considerarlo oportuno, den traslado de
estos hechos --todos los cuales se
avalan de forma fehaciente-- a los
órganos judiciales o administrativos que sean oportunos.
A la espera de sus noticias, reciban un cordial saludos.
ÍNDICE DE DOCUMENTOS ANEXOS
GRUPO O.- Fotografía de la parte del cauce
del arroyo que atraviesa la calle Valdesalud.
GRUPO A.- Documentos que acreditan la existencia de la obra desde mayo de 2005, que el Ayuntamiento poseía conocimiento fehaciente de ello, que las obras han carecido y carecen de proyecto, licencias y autorizaciones del propio Ayuntamiento de Uceda (a partir de ahora “el Ayuntamiento”), que tampoco las tenían ni tiene de la Confederación Hidrográfica del Tajo, que lo que la promotora pretendía realizar no reunía ni reúne la necesaria idoneidad técnica, que el Ayuntamiento ha desatendido sistemáticamente los múltiples requerimientos realizados por la Entidad para obligar a la promotora a ajustarse al ordenamiento jurídico vigente que es de aplicación en estos casos.
GRUPO
B.- Informe técnico encargado por la Entidad a técnico cualificado para poder
comprobar y, en su caso acreditar, tanto la falta de idoneidad de las obras
pretendidas por la promotora como su ilegalidad, sobre la base del cual se
procedió por la Entidad a denunciar los hechos ante la Confederación Hidrográfica
del Tajo la cual no poseía noticia alguna provocando la apertura de dos
expedientes sancionadores, uno por movimiento de tierras y otro por intervención
en cauce de arroyo que fluye al Jarama, así como a requerir a la promotora para
que presentara el preceptivo proyecto del que la obra carecía.
GRUPO C.- Actas de las reuniones del Consejo Rector de la Entidad en las que se observa la cronología de los debates que este asunto ha supuesto para su Consejo, así como donde constan las decisiones que en el cumplimiento de sus obligaciones estatutarias se han adoptado.
GRUPO
D.- Documentos varios identificativos.
ANEXO
RELACIÓN
DE DOCUMENTOS QUE RESPALDAN LOS HECHOS QUE CONSTAN, DE FORMA RESUMIDA, EN EL
ESCRITO DE ESTA ENTIDAD DE FECHA 21.11.06 CONCERNIENTE A LA FALTA DE PROYECTO,
LICENCIAS Y AUTORIZACIONES DE LAS OBRAS DE CANALIZACIÓN DEL CAUCE DEL ARROYO
QUE DISCURRE A TRAVÉS DE LA CALLE VALDESALUD DE ESTA ENTIDAD.
GRUPO O.-
Fotografía de la parte del cauce del arroyo que atraviesa la calle Valdesalud.
Doc. 0.- Fotografía.
GRUPO A.- Documentos que acreditan la existencia de la obra desde mayo de 2005, que el Ayuntamiento poseía conocimiento fehaciente de ello, que las obras han carecido y carecen de proyecto, licencias y autorizaciones del propio Ayuntamiento de Uceda (a partir de ahora “el Ayuntamiento”), que tampoco las tenían ni tiene de la Confederación Hidrográfica del Tajo, que lo que la promotora pretendía realizar no reunía ni reúne la necesaria idoneidad técnica, que el Ayuntamiento ha desatendido sistemáticamente los múltiples requerimientos realizados por la Entidad para obligar a la promotora a ajustarse al ordenamiento jurídico vigente que es de aplicación en estos casos.
Doc.1.-
16.05.05.- Donde una propietaria expone por primera vez la existencia de la
obra.
Doc.2.-
28.06.05.- Donde la Entidad comunica al Ayuntamiento por primera vez la
existencia de las obras, su falta de idoneidad y un croquis facilitado por la
promotora con sus intenciones, informando ya de que las mismas parecen carecer
de autorizaciones y la preocupación y gravedad de todo ello.
Doc.3.-
30.06.05.- Donde la Entidad pone los hechos anteriores en conocimiento de la
promotora SOLOQUIZ,SA.
Doc.4.-
05.09.05.- Donde la Entidad reitera a la promotora SOLOQUIZ,SA su preocupación
por la continuidad de las obras, su silencio y falta de atención.
Doc.5.- 07.09.06.- Donde la Entidad urge también al Ayuntamiento a adoptar medidas según su competencia para buscar una solución idónea.
Doc.6.-
28.11.05.- Donde la Entidad, ante la falta de respuesta siquiera por parte del
Ayuntamiento pone los hechos en conocimiento del Defensor del Pueblo de
Castilla-La Mancha.
Doc.7.-
26.12.05.- Donde la Entidad reitera al Ayuntamiento los escritos sin contestar
entre ellos dos referentes a este asunto.
Doc.8.-
25.01.06.- Donde la Entidad reitera la solicitud de una reunión con el
Ayuntamiento.
Doc.9.-
01.02.06.- Donde de forma sorprendente el Ayuntamiento manifiesta a la Entidad
que no hay asuntos pendientes por lo que la reunión solicitada no ha lugar.
Doc.10.-
01.02.06.- Donde la Entidad contestar al escrito anterior relacionando los
asuntos pendientes entre ellos y en primer lugar el referente a la canalización
objeto de este informe.
Doc.11.-
17.02.06.- Donde el Ayuntamiento contesta a los asuntos evidentemente pendientes
manifestando en relación con la canalización su parecer de que el asunto “ya
estaba suficientemente debatido”.
Doc.12.-
30.03.06.- Donde la Entidad contesta al anterior escrito del Ayuntamiento
mostrando su total desacuerdo con lo por él manifestado argumentando los
motivos, entre otros que su reiterado silencio ya había dado lugar a denunciar
los hechos ante el Defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha, así como a tener
que contratar un técnico cualificado que asesorara a la Entidad sobre la
situación legal y técnica de la pretendida canalización.
Doc.13.-
30.03.06.- Donde la Entidad da cuenta a la promotora SOLOQUIZ,SA de la
constancia obtenida por el técnico contratado de la falta de legalidad e
idoneidad de las obras que en ese instante seguían realizando por todo lo cual
se le solicita una reunión.
Doc.14.-
24.04.06.- Donde la Entidad denuncia los hechos a la Confederación Hidrográfica
del Tajo a raíz de lo cual la obra será paralizada.
Doc.15.- 16.05.06.- Copia de las cartas remitidas por la Entidad a los Concejales Dña. Estrella Fernández Olmos (Concejal de Urbanismo); Dn. Carlos Quismondo Ballesteros (Concejal de Barrios) y Dn. Miguel Ángel Abril (no ejerce concejalía alguna) para que asistieran a la Asamblea General Ordinaria que la Entidad iba a celebrar en breve; también se invitó al Alcalde Dn. José Luis Herreruela de la Cruz.
Doc.16.-
17.05.06.-Donde la Entidad solicita al Ayuntamiento expresamente copia del
proyecto que debería existir para la ejecución de las obras.
Doc.17.-
28.05.06.- Copia del acta de la Asamblea General Ordinaria de la Entidad donde
se refleja la intervención pública y de motu propio (pag. 8) de la
Concejala de Urbanismo, Dña. Estrella Fernández Olmos, por la que tal cargo
manifestaba que la obra estaba legal; no obstante lo anterior, se recoge también
la intervención pública y de motu propio (pag. 9) del miembro del
Consistorio, Dn. Miguel Ángel Abril, manifestando rotundamente que la obra
carecíad e proyecto y de autorizaciones; por último la también intervención
pública y de motu propio (pag. 9) del Concejal de Barrios, Dn. Carlos
Quismondo Ballesteros solicitando que constara todo ello en acta y se
determinara cual era la verdad.
Doc.18.-
13.06.06.- Donde la Entidad requiere al Ayuntamiento que aclare cual de las dos
versiones dadas es verdad, así como nuevamente para que remita el proyecto que
debería tener aprobado de tal obra.
Doc.19.-
05.07.06.- Donde el Defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha da por recibido el
informe del técnico que se le remitió.
Doc.20.-
06.07.06.- Donde el Ayuntamiento remite su propuesta de acta sobre la reunión
que, a raíz de las gestiones realizadas por el Defensor del Pueblo, se llevó a
cabo el 20.06.06 entre representantes del Ayuntamiento y de la Entidad y en el
que declara, por primera vez y de forma concreta que sobre la obra en cuestión
sólo posee un proyecto que en realidad es el inicial de toda la urbanización,
pero sobre el cual “espera” recibir en breve las modificaciones que se estén
produciendo, es decir, que no existe proyecto concreto para la obra de
canalización del cauce del arroyo citado.
Doc.21.-
24.07.06.- Por el que la Entidad muestra su disconformidad con el borrador de
acta remitido y, en concreto, con lo que por ellos se considera tratado sobre la
obra objeto de este informe.
Doc.22.-
02.09.06.- Donde la Entidad reitera al Ayuntamiento los escritos pendientes de
contestación entre ellos dos referentes al proyecto de la obra.
Doc.23.-26.09.06.-
Donde la Entidad remite al Ayuntamiento copia de los documentos de la
Confederación Hidrográfica del Tajo que acreditan que la misma desconocía la
obra, no había dado autorización alguna y la misma carecía y carece siquiera
de proyecto.
Doc.24.-
26.09.06.- Donde la Entidad comunica a la Confederación Hidrográfica del Tajo
su deseo de ser considerada como parte interesada, además de denunciante en los
dos expedientes sancionadores abiertos por el asunto.
Doc.25.-
26.09.06.- Idem al Defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha.
Doc.26.-
24.10.06.- Donde la Entidad Solicita al Ayuntamiento como último paso antes de
proceder a otras acciones, que justifique de una vez y acredite si la obra en
cuestión se realizaba de forma legal o no y, en su caso, que remitiera cuanta
documentación lo pudiera acreditar.
Doc.27.-
08.11.06.- Contestación del Ayuntamiento por la que, además de no remitir
documentación alguna, manifiesta --ver
párrafo primero y párrafo tercero-- que
a fecha del escrito no existe proyecto alguno de la obra ni, por ello, licencias
o autorización alguna.
Doc.28.- 21.11.06.- Donde la Entidad comunica, a la vista del escrito anterior, al Ayuntamiento su opinión sobre todo lo ocurrido y su decisión de denunciar los hechos ante el Defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha con el ruego de que, si así lo considera, dé traslado a los órganos judiciales o administrativos que considere y que el asunto sea llevado a la próxima Asamblea General de la Entidad para que los propietarios, tras ser informados de todo lo ocurrido, decidan si autorizan o no proceder a las denuncias judiciales a que parece haber lugar.
GRUPO B.- Informe técnico encargado por la
Entidad a técnico cualificado para poder comprobar y, en su caso acreditar,
tanto la falta de idoneidad de las obras pretendidas por la promotora como su
ilegalidad, sobre la base del cual se procedió por la Entidad a denunciar los
hechos ante la Confederación Hidrográfica del Tajo la cual no poseía noticia
alguna provocando la apertura de dos expedientes sancionadores, uno por
movimiento de tierras y otro por intervención en cauce de arroyo que fluye al
Jarama, así como a requerir a la promotora para que presentara el preceptivo
proyecto del que la obra carecía.
Doc.29.- Marzo 2006
GRUPO C.- Actas de las reuniones del Consejo Rector de la Entidad en las que se observa la cronología de los debates que este asunto ha supuesto para su Consejo, así como donde constan las decisiones que en el cumplimiento de sus obligaciones estatutarias se han adoptado.
Doc.30.- 09.07.05.- Donde el Consejo de la Entidad, estando presente (pag.1) en el mismo como invitada la Concejala de Urbanismo del Ayuntamiento, Dña. Estrella Fernández Olmos, le trasmite (pag.2) su manifiesta inquietud por la obra que se realiza por parte de SOLOQUIZ,SA para la canalización del cauce del arroyo a su paso por la calle Valdesalud solicitando su intervención en el asunto.
Doc.31.- 03.09.05.- Donde se decide (pag.2) abordar el asunto en la reunión que se solicitará al Ayuntamiento.
Doc.32.- 01.10.05.- Donde se decide (pag.3) intentar una reunión con la promotora SOLOQUIZ,SA sobre este asunto.
Doc.33.- 29.10.05.- Donde ante la
falta de respuesta por parte tanto del Ayuntamiento como de SOLOQUIZ,SA se
decide poner el asunto en conocimiento del Defensor del Pueblo de Castilla-La
Mancha.
Doc.34.- 21.11.06.- Donde se
ratifica la anterior decisión de poner los hechos en conocimiento
del Defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha.
Doc.35.- 21.01.06.- Donde se decide (pag.2) contratar un técnico cualificado para que informe sobre el estado legal y técnico de la obra.
Doc.36.- 26.02.06.- Donde se refleja la conversación telefónica mantenida con el técnico anterior donde adelanta parte de lo que dirá por escrito en el sentido de que la obra carece de las oportunas licencias, además de ser insuficiente.
Doc.37.- 29.03.06.- Donde se da lectura al informa remitido por el técnico que corrobora la falta de idoneidad e ilegalidad de la obra.
Doc.38.- 22.04.06.- Donde a la vista
de lo anterior, se aprueba denunciar los hechos ante la Confederación Hidrográfica
del Tajo.
Doc.39.- 21.11.06.- Donde se aprueba solicitar al Ayuntamiento el proyecto que debería poseer de la obra en cuestión.
Doc.40.- 10.06.06.- Donde ante la reiterada falta de respuesta por parte del Ayuntamiento (pag.2) se decide reiterar las solicitudes existentes en relación con este tema.
Doc.41.- 09.07.06.- Donde se da cuenta (pag.2) de que los trámites de las denuncias ante la Confederación Hidrográfica del Tajo siguen adelante.
Doc.42.- 24.09.06.-
Donde se da cuenta (pag.2) de que debido a los documentos obtenidos se posee ya
evidencia de la ilegalidad de la obra y se decide poner tales documentos en
conocimiento del Ayuntamiento para solicitar de él alguna explicación.
Doc.43.- 09.07.06.-
Donde se decide (pag.2) remitir un último escrito al Ayuntamiento para que
alegue lo que considere y, si no contestara o su contestación fuera vaga, poner
los hechos en conocimiento del defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha para
solicitar su amparo al tiempo que dé traslado a los órganos judiciales o
administrativos que considerara, así como llevar el asunto a la próxima
Asamblea General de la Entidad.
GRUPO D.-
Documentos varios identificativos.
Doc.44.-
Plano de situación de Caraquiz.
Doc.45.-
Plano de situación de la 3ª Fase dentro de Caraquiz.
Doc.46.-
CIF de la Entidad.
Doc.47.-
Escritura de constitución.
Doc.48.-
Estatutos.
Doc.49.-
Relación de miembros de la corporación del Ayuntamiento de Uceda.
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